Presidente López Obrador pide consulta para seguridad nacional

El presidente Andrés Manuel López Obrador planteó que la permanencia del Ejército y de la Marina en tareas de seguridad pública hasta 2028 podría ser consultada a la población a inicios del año próximo, pese a que está prohibido por la Constitución.

En rueda de prensa este viernes, el titular del Ejecutivo presentó su propuesta de tres reactivos en los que se preguntaría  a los ciudadanos sobre la permanencia de las fuerzas armadas en tareas de seguridad.

La primera pregunta es: “¿Estás de acuerdo con la acción de la Guardia Nacional y con su desempeño hasta ahora?”

La segunda es: ¿Consideras que las fuerzas armadas, el Ejército y La Marina deberían mantenerse haciendo labor de seguridad pública hasta 2028 o que regresen a sus cuarteles en marzo de 2024?

La tercera cuestiona la opinión de los ciudadanos acerca de si la Guardia Nacional debe o no integrarse a la Defensa Nacional, situación que ya fue aprobada por el Congreso a iniciativa del propio López Obrador.

“Lo mejor es hacer una consulta a los ciudadanos, que no sea un asunto cupular, y tengo las tres preguntas” (…) “Hay que formularlas de manera que estén equilibradas y sencillas”, puntualizó López Obrador.

Añadió que en lo que resta del año se debe abrir un debate nacional para informar a la población sobre la intención del gobierno de fortalecer a la Guardia Nacional con el apoyo de las fuerzas armadas, y que la oposición presente sus argumentos sobre si se está militarizando al país.

Comentó que no se plantea que sea una consulta ciudadana formal,

“Y luego ver cómo recogemos los sentimientos de la gente, no considero que se debe hacer con el INE, porque nos van a pedir…

“Hay que buscar legalmente, sí existe un mecanismo, parece que sí se puede a través de la Subsecretaría de Gobernación, legal, aun cuando no sea vinculante”, reconoció al señalar que la promoción y aplicación de la consulta recaería en la ciudadanía, y para darle mayor certeza al donde se podrían “cruzar” con encuestas.

Además, insistió, se volverá a ingresar al Congreso la iniciativa para reformar leyes que permitan que las Fuerzas Armadas se mantengan hasta 2028 en labores de seguridad pública.

¿QUÉ DICE LA LEY FEDERAL DE CONSULTA POPULAR?

ARTÍCULO 11. No podrán ser objeto de consulta popular:

IV.  La materia electoral.

V. El sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación.

VII.  La seguridad nacional.

VIII. La organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.

Artículo 12. Podrán solicitar una consulta popular:

I.El Presidente de la República.

II.El  equivalente  al  treinta  y  tres  por  ciento  de  los  integrantes  de  cualquiera  de  las  Cámaras  del Congreso, o

III.Las ciudadanas  y  los ciudadanos en un número equivalente,  al menos, al dos  por ciento de las personas  inscritas  en  la  lista  nominal  de  electores,  para  el  caso  de  temas de  trascendencia nacional,  y  el  mismo  porcentaje  de  las  personas  inscritas  en  la  lista  nominal  de  electores correspondiente a la entidad o las entidades federativas que correspondan, en el supuesto de los temas relacionados con la trascendencia regional competencia de la Federación.

ARTÍCULO 21, FRACCIÓN III.  La pregunta que se proponga para la consulta deberá ser elaborada sin contenidos tendenciosos o  juicios  de  valor  y  formulada  de  tal  manera  que  produzca  una  respuesta  categórica  en  sentido positivo o negativo; y deberá estar relacionada con el tema de la consulta.

ARTÍCULO 35.  El  Instituto (Nacional Electoral)  es  responsable  del  ejercicio  de  la  función  estatal  de  la  organización  y desarrollo de las consultas populares y de llevar a cabo la promoción del voto, en términos de esta Ley y de la Ley General.

AGENCIAS CDMX

 

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